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El Tribunal Supremo dicta sentencia sobre la limitación de la actualización de los alquileres
El Tribunal Supremo considera que la limitación de la actualización de los alquileres para proteger a los arrendatarios regulada en reales decretos ley de 2022 no supuso una privación del derecho de propiedad ni vulneró su contenido esencial.
La Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que avala la limitación de la actualización de la renta de los contratos de arrendamiento para uso de vivienda, con motivo de la variación del IPC, que se incluyó en el Real Decreto Ley de 29 de marzo de 2022 y en sus dos prórrogas del mismo año, que aprobaron medidas urgentes para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, así como a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El tribunal desestima el recurso planteado por Sociedad de Arrendamientos 2007 SLU contra el acuerdo del Consejo de Ministros que le denegó una indemnización, en concepto de responsabilidad patrimonial del Estado legislador, de 631.000 euros, por los daños y perjuicios causados por la limitación de los importes máximos de los alquileres recogida en el artículo 46 del Real Decreto Ley 6/2022 así como en sus dos prórrogas.
El Supremo, en sentencia de la cual ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Pueyo, explica que “con la finalidad de combatir el contexto inflacionario en materia de vivienda, así como proteger a los arrendatarios, el legislador puede limitar la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda de manera que, a falta de acuerdo entre las partes, no pueda superar determinados límites razonables y razonados”.
Indica que para que se aplique la garantía del artículo 33.3 de la Constitución es necesario que concurra una privación singular característica de toda expropiación, es decir, el vaciamiento o ablación de un derecho o interés, “siendo distintas de esta privación singular las medidas legales de delimitación o regulación general del contenido del derecho, que respeten su contenido esencial”, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional.